Condenaron a un policía por hurto calificado
(Jujuy),- El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a Ariel Guillermo Beleizan a cumplir la pena de un año de prisión de ejecución condicional más inhabilitación especial por el término de dos años, por resultar ser autor material y responsable del delito de “Hurto calificado por la condición de funcionario público”.
Así lo resolvieron el juez Luís Kamada – presidente de trámite- y las juezas Cecilia Sadir y María del Rosario Hinojo (habilitada), luego de analizar las testimoniales y las pruebas aportadas en el transcurso del juicio oral y público que se le siguió a Beleizan y que finalizó ayer, 21 de febrero de 2022, con la lectura del veredicto realizada por el secretario del Tribunal, Dr. Jorge Rodríguez.
Beleizan llegó a juicio acusado por la Fiscalía por un hecho ocurrido el 24 de junio de 2021, a las 01.30 horas aproximadamente, en ocasión en que el imputado se encontraba cumpliendo funciones en la Comisaría Seccional Sexta de la Policía de la Provincia, con el grado de sargento.
En esas circunstancias, mientras estaba verificando un siniestro vial ocurrido en calle Pachi Gorriti esquina Bárcena del barrio San Pedrito de la capital provincial, fue designado por su superior para la custodia del protagonista del incidente vial, quien se encontraba en la caja de la camioneta utilizada como móvil policial.
En un momento, con el ánimo de apoderarse de bienes totalmente ajenos, el acusado sustrajo el teléfono celular de propiedad del demorado, procediendo posteriormente a resguardarlo en su cofre personal ubicado en una de las oficinas de la Comisaría Seccional Sexta, donde prestaba servicio.
Alegatos
Al producirse los alegatos del juicio, el Fiscal ante el Tribunal, Dr. Diego Cussel, solicitó la pena de 1 año de prisión condicional más 2 años de inhabilitación especial para Ariel Beleizan.
En tanto, el abogado defensor del acusado, Dr. Fernando Boveda, pidió la absolución de su defendido.
Los fundamentos del veredicto del Tribunal en lo Criminal Nº 2 serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir la sentencia ante una instancia superior.