El fallo lo confirma: Giusti mintió sobre Cannava

(JUJUY),- Aunque la Justicia no lo condenó a indemnizar por los daños ocasionados, el fallo reconoce la falsedad de las imputaciones públicas y la legalidad plena de los proyectos estatales impulsados por la provincia.
La sentencia dictada el 15 de mayo de 2025 por la Cámara Civil y Comercial de Jujuy en la causa “Morales c/ Giusti” contiene una afirmación de alto valor institucional: la Justicia reconoce expresamente que las acusaciones públicas impulsadas durante años por el abogado Juan Enrique Giusti contra la empresa estatal Cannava eran falsas.
En el considerando 6.a del fallo, la jueza Elba Rita Cabezas sostiene textualmente:
“El demandado propaló noticias que luego se estableciera son falsas.”
Y agrega con claridad:
“La empresa [Cannava] no se dedica al narcotráfico y se encuentra sujeta a todos los controles estatales legislados para su regular explotación.”
Esto significa, en términos jurídicos e institucionales, que toda la campaña pública que Giusti impulsó durante años contra Cannava —asociándola al narcotráfico, la ilegalidad y el delito— carecía de veracidad.
Giusti utilizó reiteradamente expresiones como “narcoestado”, “narcohijos”, “porros” y “peculado”, intentando instalar la idea de que el proyecto Cannava era una fachada para actividades ilícitas. El fallo desarma por completo esa narrativa, aunque —de manera polémica— lo exonera de pagar la indemnización económica.
Este argumento técnico no borra lo esencial: el fallo reconoce que Giusti mintió, y que Cannava es una empresa estatal legal, transparente y sometida a todos los controles correspondientes.
Aunque la sentencia niegue el resarcimiento por el daño sufrido, la verdad institucional queda ratificada de manera contundente: las acusaciones de Giusti fueron falsas, infundadas y agravantes.
Cannava no solo fue víctima de una operación de difamación sistemática, sino que hoy queda jurídicamente exonerada de toda sospecha.