Personas en aislamiento desde el 17 de junio no deben presentarse a votar
(Jujuy),- El aislamiento mínimo de 10 días es obligatorio para todos los casos confirmados y contactos estrechos y es fundamental para evitar más contagios. Habrá denuncia penal para quienes lo incumplan.
El Ministerio de Salud de Jujuy recordó a la población que una de las medidas clave para evitar la propagación del Covid-19 es el aislamiento domiciliario mínimo de 10 días, el que puede extenderse de acuerdo a la presentación de cada caso, según la valoración de los profesionales médicos.
Asimismo, remarca que la indicación de aislamiento es obligatoria y no opcional, es decir, debe cumplirse de manera ineludible sin posibilidad de salida de la vivienda, a excepción del traslado o derivación que resuelvan los especialistas médicos.
De quebrar la norma sanitaria indicada, la persona en cuestión incurre en violación a las medidas preventivas siendo pasible de denuncia penal por los delitos previstos en los artículos 202 y 205 del Código Penal de la Nación y artículo 90 del Código Contravencional de la Provincia de Jujuy.
En ese marco y ante la proximidad de los comicios a realizarse en la provincia, la cartera sanitaria reitera que, con indicación de aislamiento entre los días 17 y 27 de junio inclusive, las personas no podrán acercarse a votar.
Por último, para la justificación de la inasistencia a las urnas en este caso, se deberá concurrir, finalizado el aislamiento, a la Secretaría Electoral más cercana al domicilio con DNI en mano, donde se cotejarán los datos con los listados de las personas con seguimiento del sistema sanitario, previamente provistos por el Comité Operativo de Emergencias (COE). Chequeada la información, la persona tendrá efectiva certificación de la ausencia.